Suministro y administración de información

 

  • Suministrar información al público respecto del Defensor del Consumidor Financiero, de conformidad con las instrucciones que sobre el particular imparta la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Suministrar información comprensible y publicidad transparente, clara, veraz y oportuna.
  • Dar a conocer el costo de la operación previamente a la realización de la misma, dando la posibilidad de completarla o no. 
  • Dar constancia del estado de los productos.
  • Atender las solicitudes, quejas o reclamos de los consumidores.
  • No pedir al consumidor información que ya posea la entidad, sin perjuicio de la obligación del consumidor de actualizar su información. 
  • Guardar reserva de la información suministrada por el consumidor financiero, sin perjuicio de las solicitudes de las autoridades competentes.

Calidad, condiciones contractuales y costos de producción y servicios.

 

  • Entregar el producto o prestar el servicio en las condiciones ofrecidas o pactadas, empleando estándares adecuados de seguridad y calidad. 
  • Proveer los recursos necesarios para brindar una atención eficiente y oportuna a los consumidores. 
  • Abstenerse de incurrir en abusos contractuales o emplear cláusulas que puedan afectar el equilibrio del contrato o dar lugar a un abuso de posición dominante contractual. 
  • Elaborar los contratos y sus anexos con claridad, en caracteres legibles a simple vista y ponerlos a disposición de los clientes. 
  • Abstenerse de hacer cobros no pactados o no informados previamente. 
  • Abstenerse de realizar cobros por gastos de cobranza prejudicial sin haberse desplegado una actividad real encaminada a dicha gestión. 

Otras obligaciones

 

  • Contar con un Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC). 
  • Disponer de medios electrónicos y controles idóneos para brindar seguridad en las transacciones. 
  • Desarrollar programas y campañas de educación financiera.

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